A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Juan Esteban Serna Duque·Demandado Policia Metropolitana De Pereira
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Pereira y el Juzgado Segundo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que el primer despacho se apartó del conocimiento del caso con base en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el art. 1º del Decreto 333 de 2021, debido a que consideró que la entidad accionada es una autoridad pública de carácter municipal, mientras que el segundo argumentó que la solicitud de amparo estaba dirigida contra una autoridad del orden nacional y, por tanto, le correspondía el proceso a los juzgados del circuito.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Pereira, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
A los dos operadores jurídicos se les advirtió que, en lo sucesivo, adecúen sus actuaciones en materia de competencia en tutela a las reglas que acá se reiteran, en particular en cuanto a no separarse del conocimiento de acciones con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia constitucional, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 30 de agosto de 2024, proferido por el Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Pereira, dentro del trámite de la acción de tutela presentada por Juan Esteban Serna Duque contra la Policía Metropolitana de Pereira.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC- 4792 al Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Pereira, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Pereira y al Juzgado
- Segundo. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pereira que, en lo sucesivo, adecúen sus actuaciones en materia de competencia en tutela a las reglas que acá se reiteran, en particular en cuanto a no separarse del conocimiento de acciones con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia constitucional, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- CUARTO. ADVERTIR al Juzgado
- Segundo. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pereira que cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela contra una autoridad judicial que no pertenezca a la misma jurisdicción, este debe ser tramitado y remitido a la Corte Constitucional para su resolución, de conformidad con el Auto 550 de 2018 proferido por esta corporación.
- QUINTO. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
- Segundo. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pereira.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.